Ley de Quiebra Personas
Liquidación voluntaria para personas naturales: un procedimiento para reunir a todos sus acreedores y empezar de nuevo.
Conocida como Liquidación Voluntaria, la Ley N° 20.720 permite a las personas naturales —trabajadores, dueñas de casa, jubilados, estudiantes— solicitar que se declare su insolvencia.
Este procedimiento consiste, básicamente, en que el deudor ofrece su patrimonio con la intención de pagar lo más posible de su deuda, reuniendo en un solo procedimiento a todos sus acreedores.
Nosotros nos encargamos de defender sus intereses frente a los acreedores con todo el respaldo profesional de nuestro staff de abogados, para que acogerse a esta ley sea beneficioso para usted y su familia. Además, realizamos todas las acciones necesarias tendientes a extinguir la obligación que dio origen a la demanda, en la medida que los plazos y el desenlace jurídico lo permitan: fundamentalmente prescripción extintiva o abandono del procedimiento.
Requisitos habituales: deudas con más de 90 días de morosidad que excedan las 80 UF, declaraciones juradas de bienes y deudas, y no tener demandas en curso, entre otros.
¿Qué incluye este servicio?
- Evaluación previa de requisitos legales.
- Preparación de la documentación y declaraciones juradas.
- Ingreso y tramitación de la liquidación voluntaria.
- Defensa frente a los acreedores durante todo el proceso.
Hablemos de su caso
Una primera evaluación honesta le permitirá saber qué alternativas reales tiene.