Prescripción Hipotecaria
Cuando el acreedor hipotecario no ha cobrado, la ley permite pedir la extinción de la deuda.
Este servicio está dirigido contra acreedores hipotecarios que no hayan iniciado acciones de cobro en contra del deudor, lo que faculta a este último a pedir la extinción de la deuda hipotecaria, es decir, solicitar su extinción por prescripción.
Previo a la presentación, nuestros abogados realizan una evaluación respecto de los plazos que la ley establece y de la procedencia de la demanda.
El servicio incluye la presentación de la demanda ante el tribunal competente.
El transcurso del tiempo es el requisito central, pero sólo un tribunal puede declarar la prescripción. Evaluamos su caso antes de demandar.
¿Qué incluye este servicio?
- Estudio de títulos y de la historia de la deuda.
- Evaluación de plazos legales y procedencia.
- Presentación de la demanda de prescripción.
- Seguimiento hasta la sentencia.
Hablemos de su caso
Una primera evaluación honesta le permitirá saber qué alternativas reales tiene.