Relación Directa y Regular
Más conocido como régimen de visitas: el derecho del hijo a mantener el vínculo con ambas partes de su familia.
Más conocida como visitas. Es el vínculo que ha de mantener el niño, niña o adolescente con quien no detenta su cuidado personal.
Este vínculo lo puede solicitar el padre o la madre, o bien quien demuestre un vínculo directo con el menor, tales como los abuelos, hermanos u otros parientes cercanos.
Proponemos regímenes concretos y verificables —días, horarios, vacaciones y días festivos— para reducir los conflictos de interpretación.
La relación directa y regular es, ante todo, un derecho del niño, niña o adolescente. El tribunal resuelve siempre en su interés superior.
¿Qué incluye este servicio?
- Propuesta de régimen concreto y verificable.
- Demanda o defensa ante el Juzgado de Familia.
- Regímenes progresivos y supervisados si corresponde.
- Solicitud de modificación de regímenes vigentes.
Hablemos de su caso
Una primera evaluación honesta le permitirá saber qué alternativas reales tiene.